Por Carlos Carmona Mateo
Abogado de la República/licenciado en Ciencias de la Educación, con estudios filosóficos en Orientación Pedagógica
«Es posible que la solución de la alta criminalidad sea la modificación del artículo 37 de la Constitución de la República«.
La pena de muerte o pena capital ha existido a la par con la humanidad; los griegos le dieron gran influencia en Roma con el propósito de regular las relaciones del hombre con el Estado, para castigar las violaciones de las leyes.

En Roma el primer delito castigado con la pena de muerte fue el de Perduellio, por traición a la patria, también en las XII tablas se reglamentó para otros delitos, se aplicó en el delito de homicidio, los patrimoniales, sexuales, contra la salud (como la embriaguez consuetudinaria, de orden público y delitos militares.
En Europa solo se aplica en Bielorrusia, esta permitida en Estado Unidos de América, Guatemala, en Asia en Japón, India, en África, aun se uso en Botsuana y Zambia.
Ahora bien, hay varias teorías que tratan de explicar el origen del crimen, por ejemplo, Franz Joseph Gall, pensó que las tendencias, criminales son innatas y que pueden ser descubiertas por la conformación del cráneo.
Por su parte, César Lombroso consideró que el criminal era un capricho antropológico sub-humano marcado por características anatómicas definidas; tales como la forma de los oídos o el sesgo de las quijadas, o el ángulo de la barba, creyó que un hombre así estaba condenado por la naturaleza a una vida de crímenes. En resumen, consideró al hombre como una bestia sin voluntad y sin alma.
Hay quienes creen que hay personas que abrazan la carrera criminal por varas razones, algunos por la pobreza, otros porque sienten que trabajar para vivir es de tontos, y hay quienes consideran que es por enfermedad mental.

Se afirma que un hombre común, decente, respetuoso de las leyes puede asesinar bajo determinadas circunstancias, por lo que la sociedad debe tratar a ese ciudadano distinto a un asesino pagado; muchas veces por cómplices que tratan de burlarse de la Ley.
El mundo de hoy es muy complejo y las sociedades se sienten aterrorizadas a pesar de los esfuerzos que hacen las autoridades para controlar la ola de crímenes que mantienen a los ciudadanos traumatizados.
Hay ciudadanos que creen que el aumento de la criminalidad tiene su origen en las drogas, es posible que tengan razón, por cuanto ahí se mueve mucho dinero sucio, robos, sicariato, traición, tumbes, violencia, secuestros, muertes y atentados, produciéndose los crímenes mas horrendos que un ser humano se pueda imaginar.
¿Qué hacer? Los seres vivos, sin excepción, tienen un mecanismo de autodefensa. Por ejemplo: La hormiga, al igual que la abeja y la avispa, tiene ponzoñas; el caballo tiene unas patas muy fuertes y con sus duras pezuñas se defiende dando patadas, el gato suele arañar y el perro muerde.
Todos los animales se defienden; todos los seres vivos, en sentido general, se defienden; la sociedad tiene el derecho de hacer lo mismo de acuerdo a las circunstancias.
Verbigracia, cuando se le pierde el respeto a las normas establecidas, se hacen necesarias sus modificaciones y una parte importante ante la delincuencia esta basada en la dureza de la Ley, son muchas las personas que haciendo acopio de la historia recuerdan cuando existía la pena de muerte en la República Dominicana, como sanción criminal, la cual fue sustituida por la Ley No. 5007 del 28 de Junio del 1911, que sustituye la pena por la de 20 años de trabajos públicos; la Ley 64, del 19 de noviembre del año 1924 que sustituye la pena de muerte por la de 30 años 1924 que sustituye la pena de muerte por la de 30 años de trabajos públicos. La Constitución de la República del 10 de enero del 1942, en sus artículos 6 Ap. 1, la Constitución de la República del año 1955. En su Art. 8, Inciso Primero.
Para concluir, creemos que se impone la modificación de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero del 2010, que establece en su articulo 37 lo siguiente: “Derecho a la vida. El derecho a la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte, no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse, en ningún caso, la pena de muerte”.
Es posible que la solución de la alta criminalidad esté en la modificación del artículo 37 de la Constitución de la República Dominicana.
En el mismo tenor diré que la historia nos enseña que la rueda, el pelotón de fusilamiento, la cámara de gas, o la silla eléctrica, han sido parte de los medios aplicados para sacar los delincuentes de las calles.
En el 2003, fueron ejecutados 1,146 personas en 28 países, en la República Popular China 726, Irán mató 108 personas, Estados Unidos 65, Vietnam 64 en el 2011.